La ordenanza municipal es una medida legislativa que requiere la aprobación de la Legislatura Municipal y el Alcalde. Una vez aprobada, formará parte de los estatutos permanentes del Municipio de Orocovis y permanecerá vigente siempre que no se derogue.
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La resolución es aquella medida legislativa que al ser aprobada, perderá su fuerza de Ley y su vigencia, al realizarse la obra o cumplirse el propósito que le dio vigencia. Las resoluciones no forman parte de los estatutos permanentes del Municipio de Orocovis. Las resoluciones requieren la aprobación de la Legislatura Municipal y del Alcalde. No obstante, las que consignan expresiones de la Legislatura que no tienen carácter de legislación, no tienen que ser aprobadas por el Alcalde.
Ejemplos:
Las que ordenan que se realice un estudio o una investigación, las peticiones de la Legislatura, las que disponen sobre el gobierno interno del Cuerpo.
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Reuniones de la Legislatura Municipal
La Legislatura podrá reunirse en Sesiones Ordinarias y Extraordinarias. Las Sesiones de la Legislatura serán públicas; se celebrarán los días y horas que esta disponga en su reglamento.
Requisitos para ser miembros de la Legislatura
Todo candidato a ser miembro de la Legislatura Municipal, deberá reunir los siguientes requisitos a la fecha de tomar posesión del cargo:
Saber leer y escribir.
Estar domiciliado y ser electo cualificado del Municipio de Orocovis.
No haber sido convicto de delito grave ni de delito menos grave que implique depravación moral.
No haber sido destituido de cargo o empleo por conducta impropia en el desempeño de sus funciones.
No haber sido declarado mentalmente incapacitado por un Tribunal competente.
Tener 18 años de edad o más.
Los miembros de las legislaturas municipales serán electos por el voto de los electores del municipio a que corresponda en cada elección general.
La Legislatura Municipal adoptará un reglamento que regirá sus procedimientos internos.
El quorum de la Legislatura lo constituirá la mayoría del número total de los miembros que la compongan.
Deberes y Responsabilidades del Presidente de la Legislatura
Serán deberes y responsabilidades del Presidente de la Legislatura Municipal los siguientes:
Representar y comparecer a nombre de la Legislatura en todos los actos oficiales y jurídicos.
Convocar a las Sesiones Ordinarias y a las Sesiones Extraordinarias de la Legislatura.
Formular el orden de los asuntos a considerarse en cada Sesión.
Dirigir los trabajos de las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Legislatura.
Nombrar a los miembros de las Comisiones Permanentes y de las Comisiones Especiales.
Suscribir las actas de las sesiones de la Legislatura y firmar toda ordenanza y resolución debidamente aprobada.
Autorizar las licencias de vacaciones, enfermedad y otras del Secretario y de los empleados de la Legislatura.
Administrar la asignación presupuestaria de la Legislatura.
Ejercer las funciones propias de jefe administrativo de la Legislatura, y en tal capacidad, dirigir y supervisar las actividades y transacciones de la Legislatura y de la Secretaria.